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por shaska
#414012 Después de 18 meses entre baja maternal y excedencia...Aquí he vuelto. Se que tengo que estar super agradecida por la suerte que he tenido de disfrutar todo este tiempo de mis peques, de poder amamantar sin problemas al pequeño hasta los 13 meses y pico, se que hay mucha gente que está en el paro y que soy afortunada de poder tener un trabajo, pero tengo una congoja.....
Mi hijo mediano en casa con fiebre se ha levantado y se ha ido a sentar al sofá "a esperarme". Y encima hoy trabajo por la tarde y no vuelvo hasta las 19h!! Menudas mierda la conciliación familiar. He pedido una reducción de jornada, a ver si me la conceden.
En fin necesito achuchones.

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por rafi
#414015 :117: :117: :117: :117: :117: :117: :117: :117: :117: :117: Seguro que los has dejado en buenas manos, verdad?
eso hará todo "un poquito" más fácil.
ánimo.

    :117: Psicóloga
    :pe: Creadora de DormirSinLlorar.com (2004)
    :55: Coautora del libro Dormir sin llorar (2014)
    :pe: Docente en Curso Sueño Infantil para Profesionales en TerraMater.es (2018)
    :pe: Codirectora en Centro de Estudios Sueño Infantil CESI
    :110: Monitora de Lactancia Materna

:121: Telf. (0034)600425102
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:dormir_sin_llorar:
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por ilargi
#414017 Shaska.... te echábamos de menos :117:
Espero que te concedan la reducción de jornada.
Un beso

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por Malefica
#414019 :117: :117: :117: :117: :117: :117: :117: :117:

Miss Maléfica dixit.
"Gigoló" (vividora) de la maternidad
¡Va por Queli!
Yo de mayor quiero ser.... EMPODERANTE
¡Va por Lolilolo!
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por Kim
#414020 :117: :117: :117: :117: :117: :117: :117: :117:
Suerte con la reducción de jornada (por cierto... te la tienen que conceder sí o sí, creo... es un derecho, no un privilegio ;-) ).
Besos.

♥ Mamá de dos polluelos que dieron forma a mis sueños y los hicieron realidad ♥
Escritora, bloguera, traductora, y un montón de cosas más... :mrgreen:

Mi blog: El mundo de Kim

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por shaska
#414031 No Kim, pueden no concedertelo, o concederte una reducción que no se ajuste a lo que tu pides (es decir con otro horario.....)Ya veremos. Gracias a todas por los ánimos.

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por macasher
#414039 Bienvenida shaska!!! como vas campeona?

A ver, que al reducción de jornada te la tiene que conceder por ley a no ser que hay otra persona en tu mismo puesto que ya la tenga...es la única manera de denegartela, y la ley dice claramente que es privilegio del solicitante poner el horario, o sea, que tu lo pones. No tengo la ley aquí pero mañana desde el trabajo te la copio.
Otra cosa es que la consigas en contra de la dirección y te hagan la vida imposible.
No puede optar por cubrir turnos de guardia de fin de semana? Yo conozco una matrona que paso mucho tiempo, años, trabajando 48 horas el fin de semana y así tenia libre de lunes a viernes...se que el estatuto de los trabajadores de sanidad es especial. Pregunta por ahí, y al enlace sindical.

Y mientras tanto :117: :117: :117: :117: :117: :117: :117: :117:

Y piensa en esos niños y padres que tiene la suerte de contar contigo como pediatra.

maca, conocida en al tribu como Macarena Sheridan

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Mon....ande andarás?????
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por macasher
#414041 Art. 37.5 “Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de ocho años o un minusválido físico, psíquico o sensorial, que no desempeñe una actividad retribuida, tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo, con la disminución proporcional del salario entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquélla.
Tendrá el mismo derecho quien precise encargarse del cuidado directo de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y que no desempeñe actividad retribuida.
La reducción de jornada contemplada en el presente apartado constituye un derecho individual de los trabajadores, hombres o mujeres. No obstante, si dos o más trabajadores de la misma empresa generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la empresa”
Art. 37.6 “La concreción horaria y la determinación del período de disfrute del permiso de lactancia y de la reducción de jornada, previstos en los apartados 4 y 5 de este artículo, corresponderá al trabajador, dentro de su jornada ordinaria. El trabajador deberá preavisar al empresario con quince días de antelación la fecha en que se reincorporará a su jornada ordinaria.Las discrepancias surgidas entre empresario y trabajador sobre la concreción horaria y la determinación de los períodos de disfrute previstos en los apartados 4 y 5 de este artículo serán resueltas por la jurisdicción competente a través del procedimiento establecido en el artículo 138 bis de la Ley de Procedimiento Laboral”.

maca, conocida en al tribu como Macarena Sheridan

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Mon....ande andarás?????
por shaska
#414091 Muchas gracias Mac por la información. Pero me informaron que hasta hace poco tenías que pedir minimo una reduccion de 1/3 de jornada. Yo he pedido menos reduccion porque si no el sueldo se me queda en nada. A ver si es verdad que me lo conceden.
Bueno, pues la incorparación ha ido mucho mejor de lo queme esperaba desde mi punto de vista (es decir, no me ha costado adaptarme a mi).
A mis peques los tengo a los 3 malos en casa, menuda puntería que tienen los tios!
Pero de momento no se loesrtán tomando mal. Ya veremos cuando haya que ir al cole y mamá no esté para llevarlos (el segundo la va a liar).
Gracias chicas por los ánimos.

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por macasher
#414092 No shaska, con la nueva ley es un minimo de 1/8...lo del 1/3 es la antigua ley. Hace 5 años qeu esta operativa, yo ya me acogi a esa Ley y Joan tiene mas de 5 años.
Esto es porque muchas mamis piden solo una hroa al dia (un octavo) con tal de poderlos dejar al cole a las 9.

maca, conocida en al tribu como Macarena Sheridan

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Mon....ande andarás?????