Os escribo esta vez por un tema legislativo relacionado con la lm... y los (miserables, pocos) derechos. A ver la qüestión es: ¿cómo funciona la hora de lactancia?
En el BOe del 25 de marzo del 95 (art 37) dice:
Las trabajadoras, por lactancia de un hijo menor de nueve meses, tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones. La mujer, por su voluntad, podrá sustituir este derecho por una reducción de la jornada normal en media hora con la misma finalidad. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre en caso de que ambos trabajen.
¿Qué significa? Puedo salir una hora antes, o no? Aigh!
Gracias!