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por cani
#153525 Pues no que yo sepa no ha cambiado nada. Solo que antes la ley no contemplaba la posibilidad de juntarlas para cogerlas como vacaciones y ahora sí. Pero sigue teniendo que ser un acuerdo con la empresa y el número de horas no ha variado.

En casa tengo el enlace a la ley, en cuanto pueda te lo pongo.

Cani+Patri 9/12/2004
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por DOA
#155272 Hola:
La nueva ley de igualdad no aumenta las horas de lactancia :cry: , pero si da la posibilidad de acordar con el empresario su acumulación a la baja. Hasta ahora, solo algunos convenios colectivos daban esta posibilidad.
Los que si aumentan son los años durante los cuales puedes reducir tu jornada (y salario) por guarda legal, pasan de hasta que tenga 6 años a hasta que tenga 8 años. Y la reducción puede hacerse a partir de esta ley desde 1 hora hasta 1/2 jornada (antes lo mínimo era 1/3 de la jornada). Esto último ya está un poquito mejor.
¡En fin! Poco a poco se van consiguiendo cosillas...

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por frida
#156032 Cani, puedes colgar el enlace? yo también estoy interesada y no tengo la ley que salió publicada, sólo el anteproyecto...
Tengo que negociar las horas con mi empresa, sólo estoy de tres meses, pero como soy la primera, lo quiero mirar con tiempo.
Supongo que serán 15 días lo que me den a cambio de no cogerme la hora diaria, alguna teneis otras experiencias, os han dado más días? Ya que voy a ser pionera en la negociación y el sindicato tampoco me resuelve mucho, voy a "tirar por lo alto" , ya recortarán si quieren...
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por DOA
#157283 Hola:

Algunos convenios establecen ya en cuantos días puedes acumular las horas de lactancia. Conozco uno que establece 10 días para el año 2005, 11 días para el año 2006 y 12 días para el año 2007.
Como la mayoría de los convenios no los establecen, en mi empresa (trabajo en el dpto. de recursos humanos) lo contabilizaremos exactamente. Es decir, a partir de la fecha de reincorporación (sólo se sabe una vez producido el parto) contamos cuantas horas le corresponderían hasta los nueve meses y lo dividimos entre 8 horas, el resultado son días laborables que le pertenecen a la trabajadora a continuación de la baja por maternidad.
Realizamos ya algún cálculo y nos salían solo 11 días.
No olvidéis que si el convenio no establece nada, debe haber acuerdo :???: entre empresario y trabajador.

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por maríayleyre
#163215 Chicas, muchísimas gracias, se me había pasado el mensaje y lo he rescatado del fondo del mar...
una preguntita más: si el convenio no lo establece, el acuerdo es un papel firmado por el empleado y el empreario donde conste por escrito?
Doa, son 11 días laborables o naturales?
Mi jefa va a hacer la cuenta , yo le he dicho que el mínimo que he visto por ahí es de 15 días y en algunos sitios, 30 días (es verdad, fuí al instituto de la mujer, y me dijeron de varias empresas que lo tenían,antes incluso que la ley de igualdad) Gracias