El acusado, de 53 años, que conoció a la víctima en un chat, utilizó además una identidad falsa, haciéndose pasar por un joven policía
EUROPA PRESS El titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Santander ha condenado a penas que suman un año y siete meses de prisión a un internauta que grabó juegos sexuales de una mujer con la que había iniciado una relación a través del chat, y a la que después amenazó con difundir las imágenes si le abandonaba.
Según recoge la sentencia, hecha pública hoy, el acusado, Carlos Manuel G.G, de 53 años de edad y natural de Badajoz, inició, en el mes de mayo del 2005, a través del chat, una relación con una mujer que acababa de salir de una relación sentimental frustrada de 15 años de duración.
Para ello, utilizó la identidad falsa de Alberto Urquijo, identidad que justificó por medio de una fotografía de una persona no identificada y de 35 años de edad, funcionario y agente de la Policía.
La relación fue adquiriendo cada vez mayor grado de confianza hasta el punto de que, por medio de la webcam, y en una de las conversaciones a través del chat, la perjudicada se prestó a que el acusado la viera por la cámara haciendo juegos sexuales de alto contenido erótico, imágenes que el inculpado grabó sin el consentimiento ni el conocimiento de la mujer.
Días después y en concreto durante el mes de julio, como consecuencia de una avería en los equipos informáticos del acusado, éste le facilitó a la víctima la dirección y correo de un amigo para contactar.
Dicho equipo disponía de webcam y, al accionar la perjudicada el sistema de visión, pudo percibir la verdadera fisonomía del acusado, que en nada se parecía a la fotografía facilitada, como la edad del mismo, muy superior a la afirmada, lo que puso al descubierto el engaño que finalmente el encausado se vio obligado a reconocer.
Una vez descubierto el engaño, la mujer quiso poner fin a la relación, pero el acusado le informó de la existencia de las grabaciones, y la amenazó con difundirlas si materializaba la ruptura.
Ante dichas amenazas, la víctima decidió realizar, el 6 de agosto, un viaje a Sevilla y a Málaga, con la intención de recuperar las imágenes, para lo cual y a pesar de ser conocedora de los engaños, aparentó una "intensa relación" amistosa e interesada por el acusado con el que estuvo dos días en un hotel de Sevilla y otra semana en Málaga con el fin de hacerse con las grabaciones, lo que no consiguió, por lo que decidió dar por finalizada la relación y regresar a Santander.
Una vez que manifestó al acusado que daba por finalizada la relación y que volvía a Santander, éste la advirtió de que con el material que poseía de ella, podía "hacerla mucho daño", porque tenía en su poder la dirección y el teléfono de su trabajo, el de su casa y el de sus padres, y que el citado material podía colgarlo en Internet.
A pesar de ello, la perjudicada decidió regresar a Santander, cosa que efectuó el día 16 de agosto de 2005, y durante el viaje de vuelta, recibió una llamada del acusado diciéndole que las fotos y grabaciones seguían existiendo y que le había enviado dos correos que "ya vería" cuando llegase a casa. Así, sobre las 21,30 horas de ese mismo día, la víctima comprobó que en uno de los correos que el acusado le había enviado había unas 60 o 70 fotos de ella desnuda y practicando juegos sexuales.
TITULAR DE SU INTIMIDAD
El juez que ha dictado la sentencia por estos hechos destaca, en los fundamentos de derecho de la misma, la declaración de la víctima, "cargada de un elevado hálito de veracidad y sinceridad", así como la "penosidad de su verbalizacion" al detallar, desde la materialización del engaño, por medio de la colocación de una fotografía de una persona que nada tenía que ver con el acusado, ni en edad, ni en complexión física, con un único fin de engañar o confundir, hasta cómo aquél consiguió que le contara sus frustraciones para, como gráficamente señaló la perjudicada, "oír aquello que quería y necesitaba" de tal forma y manera que consiguió "lo que en argot vulgar se denomina engatusarla".
Así hizo nacer en la víctima la existencia de una situación sólida y consolidada de pareja, e incluso la materialización y estabilización de la relación por medio de la convivencia común que se iba a llevar a término en el mes de agosto del 2005, y que la mujer comunicó a su familiares mas íntimos.
Fue dentro de ese entorno de una relación de pareja en consolidación, en el que se produjeron los juegos eróticos a los que la perjudicada se prestó y que el acusado, sin su consentimiento ni conocimiento, grabó y ocultó hasta que, al ser descubierto el engaño, amenazó con difundir las imágenes si la mujer le abandonaba.
El juez, que destaca que cada persona es titular de su propia intimidad y que nadie puede disponer de ella sin su consentimiento y conocimiento, considera que el acusado es autor de un delito de coacciones, por el que le impone una pena de siete meses de prisión, y de otro delito contra la intimidad y el derecho a la propia imagen, por el que le condena a un año de prisión y multa de 3.240 euros.
Además, el acusado deberá indemnizar a la víctima con la cantidad de 3.000 euros por los daños morales causados.
LA PEÑA ESTA MUUUUU LOCA