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por Queli
#60370 Se ha modificado el código de circulación para ajustarlo a las directivas europeas.

Las mujeres embarazadas ya no podrán viajar en automóvil sin usar en cinturón de seguridad.

Es una de las modificaciones que el Gobierno ha hecho sobre el reglamento general de circulación, que establecía que las mujeres encinta estaban exentas de utilizar el cinturón, acreditando su estado con un certificado médico.

El objetivo de estos cambios es ajustar la legislación española a la directiva comunitaria de abril de 2003 que versa sobre el uso obligatorio de cinturones de seguridad en vehículos de menos de 3,5 toneladas.

Además:

En autobuses

En esta nueva versión ya se establece la obligatoriedad de llevar el cinturón de seguridad en autobuses y, además, se detalla el uso de los dispositivos de seguridad por parte de los menores.

A partir de ahora será obligatorio el uso de los cinturones de seguridad por parte de los menores en aquellos que superen las nueve plazas o que se dediquen al transporte escolar.

No obstante, esta obligación afecta sólo a aquellos vehículos que tengan instalados estos dispositivos, ya que el decreto no exige su instalación.

En automóviles:

Otra de las novedades radica en que los menores de 12 años que superen la estatura de 1,35 metros podrán viajar en los asientos delanteros con el cinturón de seguridad normal, en lugar de precisar dispositivos adaptados como hasta -sea cual fuera su altura- como ocurría hasta ahora.

Esos dispositivos especiales de seguridad infantil siguen siendo obligatorios para los menores de esa estatura, tanto en los asientos delanteros como en los traseros, salvo en los taxis cuando circulen por áreas urbanas.


La nueva regulación del carné de conducir por puntos se traslada también al reglamento general de circulación para lo que se ha revisado la calificación de algunas infracciones que han pasado de ser leves a graves.

Además, una de las modificaciones afecta a los vehículos tipo "quad", en los que también será obligatorio llevar cinturón.

REAL DECRETO 965/2006, de 1 de septiembre, por el que se modifica el Reglamento General de Circulación, aprobado por Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre.

(Si alguien lo quiere se lo envio)
por Sylvia
#60432 Yo nunca he entendido el porqué de no llevar cinturón las embarazadas.

Yo con Carles lo llevé siempre, y con este embarazo idem (estoy conduciendo aún) Más que nada porque, os puedo asegurar que es más perjudicial el no llevarlo si sufres un accidente, que si lo llevas, de manera que, creo que lo que se ha hecho es puro sentido común, lo único que tienes que procurar es ponértelo bien, vaya que no te esté presionando la barriga.

Respecto a esta nueva ley que obliga a que los peques de menos de 1,35 cm lleven sistemas de sujección, he oído que si coges un taxi, y este no lo lleva, la multa le cae al papá-mamá-pasajero y no al taxista, es esto cierto??? Porque me quedé un poco asombrada :shock: :shock: Si alguien me lo puede aclarar se lo agradecería.

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